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jueves, 30 de octubre de 2014

El SEGIP-SEGELIC otorga autorizaciones provisionales que facultan la conducción temporal de vehículos terrestres

Oficinas SEGELIC
La Paz, 28 oct (NOTICIAS SEGIP Por Maggy Pérez).- De acuerdo al artículo 24del Reglamento Técnico Operativo Transitorio de Licencias para Conducir, el SEGIP – SEGELIC, otorga Autorizaciones Provisionales que facultan la conducción temporal de vehículos terrestres de las categorías M (motocicletas)  o P (particular) a los ciudadanos extranjeros y a conductores o aspirantes, bolivianos radicados en el Estado Plurinacional de Bolivia, mayores de 16 años de edad. Estas autorizaciones se conceden por un lapso de 90 (noventa) días, prorrogables por iguales períodos hasta un máximo de 2 (dos) años, con validez en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia. 
Los requisitos para la obtención de Autorizaciones Provisionales para conducir son:
CIUDADANOS BOLIVIANOS
-          Cédula de Identidad vigente
-          Certificación de una Escuela de Conducción, acreditada por el SEGIP-SEGELIC de haber vencido las pruebas teórico prácticas de conducción.
-          Certificado de Evaluación psicológica, de institución o profesional autorizado por el SEGIP-SEGELIC (en caso de menores de edad)
-          Certificado Médico expedido por  Establecimiento de Salud acreditado por el SEGIP-SEGELIC
-          Certificado de Antecedentes de la FELCC, FELCN y Organismo Operativo de Tránsito.
-          Presencia física de uno de los padres.
“En el caso de los menores de edad, los padres o tutores legales del menor de edad deben enviar carta notariada a las Direcciones Departamentales del SEGIP, solicitando y autorizando se otorgue este tipo de Licencia, además  manifestando de manera expresa la asunción de responsabilidades en caso de daño a terceros” aseveró el Licenciado Antonio Mercado Jefe de Oficina de la Zona Sur de la ciudad de La Paz.
CIUDADANOS EXTRANJEROS
- Ciudadanos extranjeros  Pasaporte Vigente, tiempo de permanencia en el    país, no mayor a 90 días
- Licencia para Conducir país de origen.
- Constancia de depósito bancario por el costo del servicio del SEGIP – SEGELIC, en ambos casos.

La prórroga de la Autorización Provisional debe solicitarse por escrito en cualquier oficina responsable de emitir Licencia para Conducir en todos los departamentos del país,  debiendo manifestar de manera expresa la autorización, así como la asunción de responsabilidades en caso de posibles  daños a terceros, adjuntando la correspondiente constancia de depósito bancario por el costo del servicio prestado.

1 comentario:

  1. q pesimo (inoperantes)todo la maldita mañana haciendo fila y dicen q no hay sistema

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